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¡Hay novedades sobre el sistema VERI*FACTU!

Por Miranda Bravo @ 29/10/2024

Novedades
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El lunes 28 de octubre se publicó la orden ministerial que desarrolla las especificaciones técnicas, funcionales y el contenido del reglamento en el cual se establece que los sistemas informáticos deberán estar adaptados a partir del 29 de julio de 2025 para cumplir con los nuevos requisitos de facturación.

Independientemente de este plazo de nueve meses que tenemos los softwares para adaptarnos y cumplir la normativa, en próximas comunicaciones se establecerá el plazo de adaptación obligatoria para que las empresas o autónomos utilicen estos programas para tener su facturación acorde a la ley.

En el BOE de 28 de octubre de 2024 se ha publicado la Orden HAC/1177/2024, de 17 de octubre, la cual desarrolla el Reglamento “VERI*FACTU”. Dicho reglamento desarrolla los apartados de la Ley General Tributaria sobre los sistemas de facturación, teniendo objetivos como:

1. Asegurar que cualquier transacción comercial genere una factura y una anotación en el propio sistema informático del contribuyente, impidiendo la posterior alteración de dichas anotaciones y permitiendo, en su caso, la simultánea o posterior remisión de la información a la Agencia Tributaria, que se podrá hacer voluntariamente de forma automática por medios electrónicos.

2. Por otro lado, establecer obligaciones para los productores, fabricantes, comercializadores o desarrolladores de los sistemas informáticos, que deberán certificar que estos se ajustan a los nuevos requerimientos establecidos en la normativa.

Para favorecer el control por parte de Hacienda, todas las facturas, tanto en papel como en soporte digital, deberán contener un código QR y en el caso de las facturas expedidas por “Sistemas de emisión de facturas verificables” o “VERI*FACTU”, estas deberán incluir la frase “Factura verificable en la sede electrónica de la AEAT” o el término “VERI*FACTU”.

Finalmente, cabe recordar que el reglamento establece un plazo máximo de nueve meses desde la entrada en vigor de la orden ministerial, es decir, desde el día 29 de octubre de 2024, siendo la fecha límite 29 de julio de 2025 para tener todo listo. En este mismo periodo deberá estar disponible en la sede de la AEAT el servicio para la recepción de los registros de facturación remitidos por los sistemas de emisión de facturas verificables.

Por lo tanto, si os estáis preguntando si tenéis que hacer algo, la respuesta es no. Estos cambios afectan a los softwares de facturación, siendo los responsables de adaptarse para cumplir con la normativa cuando llegue la fecha estipulada. Sin embargo, es vital que os aseguréis de trabajar con un programa que cumpla todas las estipulaciones para no recibir sanciones por dicho incumplimiento.

Desde Archivex queremos haceros saber que estamos al tanto de estas novedades y que ya estamos trabajando para cumplir todos los requerimientos de VERI*FACTU antes de su entrada en vigor.

Además, nuestro sistema también reúne los requisitos necesarios para cumplir con la Ley Antifraude y TicketBAI, por lo que seguimos apostando por la legalidad y la facturación electrónica actualizada. Entendemos que estas normativas están diseñadas para garantizar la integridad e inalterabilidad de los registros de facturación en cualquier empresa y que es un gran avance para todos.